Acceso a cuentas bancarias incluye al cónyuge o compañero de hogar
Los empleados públicos tendrán nuevas reglas en su declaración jurada de bienes de acuerdo a las últimas reformas aprobadas por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
La primera es que los que ganen menos de 40.000 lempiras al mes, “excepto los de alta jerarquía”, no tendrán que presentar ninguna declaración.
El TSC aumentó la base salarial de las declaraciones juradas de 30.000 a 40.000 lempiras, pero reformó el artículo 60 al agrega que: “No obstante lo anterior, se exceptúan de esta disposición los funcionarios públicos con cargos de alta jerarquía así como aquellos servidores públicos expuestos a mayor riesgo de corrupción, quienes de manera obligatoria deben declarar”.
El TSC, mediante el Acuerdo Administrativo Nº.001/2020, de fecha 29 de septiembre de 2020, reformó cuatro artículos (60, 61,62 y 63) del reglamento de la Ley Orgánica de ese ente, incluyendo la nueva base declarable.
Las reformas fueron publicadas en La Gaceta el 26 de octubre
Cónyuges también declararán
Una de las principales reformas es la del inciso nueve del artículo 61, referente a la autorización para que se investiguen sus cuentas bancarias dentro y fuera del país.
En la Ley, la obligación era solo del empleado, pero ahora se agrega a su cónyuge o compañero de hogar.
ARTÍCULO 61.- CONTENIDO. La Declaración Jurada de
Bienes debe contener entre otros:
“9. Autorización expresa e irrevocable del declarante, de su cónyuge o compañero(a) de hogar, facultando al tribunal para que sean investigadas sus cuentas, depósitos bancarios, bienes o negocios situados en el país o en el extranjero”.
Ninguna institución del Sistema Financiero Nacional, podrá negarse a brindar información requerida directamente por autoridad competente bajo pretexto de secreto bancario; pero la información que brinden sólo podrá ser utilizada para los fines de investigación y con la reserva del caso.
También se reformó el procedimiento para la presentación y revisión de las declaraciones juradas, agregando el asentamiento en el registro o base de datos (físico o electrónico). También podrá realizarse por medio del Sistema de Declaración Jurada en Línea.