Nuevos aportes dejarían más de 51 millones de lempiras este año
Por sexto año consecutivo, de los 10 programados, se rompe el techo de cotización al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) que aumenta más de 17% sobre el salario, en aportes de empresarios (10.66%) y trabajadores (6,5%).
Los aportes son distribuidos en los distintos regímenes de seguridad social que incluyen: Atención y Maternidad, Invalidez, Vejez y Muerte, Pensiones y despidos (cobertura laboral por parte del empleador).
A partir de este mes se deducirán los aportes en base a salarios mínimos de 9.849 y 10.282 lempiras, según los cálculos del sector privado.
La Ley de Protección Social se aprobó en el 2015
La Ley establece que sin perjuicio de la gradualidad en los aportes, en un plazo máximo de cinco años, se procederá por medio del Consejo Económico y Social (CES), a revisar las contribuciones con las que se financiarán los pilares de Capitalización Colectiva del Régimen del Seguro de Previsión Social y el Contributivo del Seguro de Atención a la Salud.
El IHSS debió elaborar un estudio actuarial como referencia para la revalorización de las pensiones, en un término máximo de doce meses, previo aprobación del CES.
Cohep avisa la deducción mensual
Para el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), la gradualidad del rompimiento de techos de cotización social debe reflejarse en la mejora de la atención y los servicios.
Con un poco más de 700.000 afiliados activos, el Cohep estima que el aporte anual serán de “más de 51 millones de lempiras en este año para el IHSS”, dijo Gustavo Solorzano, director legal de la institución empresarial.
Recordó que desde el año 2015 se acordó entre trabajadores, sector privado y gobierno, el incrementos a las aportaciones por un periodo de 10 años (2015-2024).
“Este año, por ejemplo, cada en empleador pagará 17.30 lempiras más por cada trabajador en caso de invalidez y muerte, en el caso de salud cada trabajador pagará 23.45 lempiras. Eso implica que el IHSS recibirá este año un poco más de 51 millones de lempiras”, explicó.
En el régimen de Seguro de Atención a la Salud, una contribución equivalente al 5% del Empleador y 2.5% el Trabajador, en base a un techo máximo de cotización equivalente a 9.849.70. lempiras.
Para el régimen de Capitalización Colectiva (Invalidez, Vejez y Muerte), una contribución equivalente al 3.5% del Empleador y el 2.5% el Trabajador, en base a un techo máximo de cotización equivalente a 10.282.37 lempiras.
Aporte a pensiones
También se instruye sobre las contribuciones que se deben enterar al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) como administradora de fondos múltiples.
La Cuenta Complementaria de Capitalización Individual del Régimen de Previsión Social, una contribución equivalente al 1,5% Empleador y 1,5% El Trabajador sobre el excedente de 10 mil 282.37 lempiras, correspondiente al aporte de IVM, sin techo salarial de contribución
La aportación patronal al Seguro de Cobertura Laboral, es equivalente al 4% del salario ordinario mensual del trabajador, hasta un techo máximo de tres salarios mínimos que debe ser actualizado por la Secretaria del Trabajo en base a la variación interanual en el índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a 2020.
Para el sector obrero los aumentos pactados no están dando los resultados esperados, no solo en los pobres servicios sociales (medicinas y atenciones), sino que sigue limitada en atender a la mayoría de los trabajadores con apenas el 22% de la población económicamente activa.