Junto a la prórroga en la vigencia del Código Penal, el Congreso Nacional derogó 32 artículos del mismo relacionados a la figura de “responsabilidad penal de las personas jurídicas” (empresas).
La nueva figura delictiva, motivó la protesta generalizada del sector privado ya que imponía a las empresas, directivos y empleados, responsabilidad en la comisión de una veintena de delitos, la pena de disolución de la persona jurídica o la multa igual o hasta cinco veces el valor del daño causado o del beneficio obtenido.
Se derogaron los artículos: 102 al 108, 153, 176, 182, 225, 263, 275, 309, 317, 322, 337, 346, 353, 368, 397, 403, 411, 430, 434, 437, 444, 469, 511, 569 y 596, son los artículos derogados en el nuevo Código Penal para eliminar el castigo punitivo de las personas jurídicas.
El jefe de la bancada del Partido Nacional, Mario Pérez, presidente de la comisión dictaminadora, explicó que por tratarse de un tema que está presente en toda la nueva normativa penal, se derogaron los artículos en referencia.
“Esta reforma apoyará al sector empresarial del país y va encaminada a que únicamente sean sujetos de juicio e imputación penal las personas naturales y no las jurídicas”, destacó.
Para el diputado de Libre, Hary Dixon, la derogatoria es positiva, ya que “abre las puertas para que otros sectores de la sociedad que se sientan dañados con el nuevo Código Penal, puedan presentar sus propuestas y se reformen”.
Para la elaboración del nuevo Código Penal, que entraría en vigencia el 10 de mayo de 2020, se contrató a expertos internacionales que copiaron el modelo judicial de otros países sin tener en cuenta el poco avance de la legislación hondureña.