La amplia reforma tributaria que promueve el Gobierno, derogará el Convenio de Impresión, Distribución y Venta de los formularios aduaneros (exceptuando el Formulario Aduanero Único Centroamericano) y marchamos o precintos (sellos de seguridad) en toda la República, con el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP).
La derogación es parte de los regímenes fiscales y artículos relacionados a exoneraciones que serán eliminados con la nueva Ley de Equilibrio Financiero.
Este beneficio a la dirigencia empresarial se aprobó en diciembre de 1998, Acuerdo Ejecutivo 02089, y se amplió en cuatro ocasiones.
Para la actual administración este beneficio se asignó “de forma directa como un monopolio al Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), por lo cual ha recibido una comisión de L 207 millones de lempiras entre 2018 y 2021, facultad que fue otorgada mediante Decreto 131-2018, sin ningún tipo de licitación”.
Las autoridades de Aduanas agregaron que entre el período 2014 al 2022, la comisión acumulada fue de “443 millones de lempiras”.
Sin embargo, el anteproyecto de Ley, propone derogar el “Artículo 3 del Decreto No.31-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 20 de abril del año 2018, Gaceta No. 34,620, que contiene los mecanismos de impresión, distribución y venta de formularios aduaneros y marchamos y le asigna una comisión por su venta al Cohep”.
El nuevo proceso será definido a través de una licitación que se realizaría un año después de que derogue el beneficio.
El Artículo 18 de la Ley propuesta referente a la Administración Pública de los Formularios y Marchamos apunta: “A partir de la vigencia del presente decreto, se establece un plazo de un (1) año para que la Administración Aduanera de Honduras licite de forma transparente y abierta la adquisición, administración, distribución y comercialización de los formularios aduaneros y marchamos o precintos aduaneros en toda la República”.
Cuáles son los formularios
El Cohep recibe una comisión de 200 lempiras por la venta del marchamo o precinto aduanero que vale 700 lempiras. Por el formulario “9A-1”, que se utiliza para la entrada y salida temporal de vehículos, el cobro es de 35 lempiras sobre 135 lempiras de valor total.
Por la forma “22ª”, permiso de salida de embarcaciones, más conocido como cabotaje aduanero, y “6ª”, permiso de salida, se queda con 10 lempiras de los 35 lempiras de tarifa.
Por las Declaraciones Únicas Centroamericanas Aduaneras (DUCA), utilizadas para declarar todo tipo de mercancía que se importa o se exporta, son 35 lempiras de los 170 lempiras que cuesta.