La Ley del Presupuesto General de la República 2020, incluye un artículo que reactiva, por tres meses, un decreto de amnistías tributarias aprobado en 2018.
El artículo 261 de la Ley de Presupuesto, publicada en La Gaceta el 31 de diciembre anterior, señala que se amplía “la vigencia del Decreto 51-2018 y sus reformas hasta el 31 de marzo del 2020”.
El Decreto 51-2018 otorgó amnistía en pago de multas e intereses en una variedad de servicios y tasas que incluyó a empresas con el Seguro Social, abonados del SANAA y la ENEE, cobros de Conatel, multas por la matrícula vehicular, y eliminó sanciones a jubilados que siguieron trabajando en el gobierno.
Sin embargo, la publicación no establece nuevos períodos de perdón de multas y sanciones, y con ello se mantendrían los plazos originales que se centran en los años 2017 y 2018.
El decreto 51-2018 se aplicó por dos meses y finalizó el 31 de diciembre de 2018, excepto para los exportadores de productos no tradicionales, que fue de seis meses.
Lo que se amnistió en 2018
Durante la vigencia del Decreto, los obligados tributarios podrán presentar sin sanción administrativa las declaraciones referente a obligaciones y pagos que debieron hacerse antes del 31 de diciembre de 2017, sobre las obligaciones tributarias o aduaneras referentes a los períodos fiscales en los tributos internos correspondientes a los años 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017; y, períodos fiscales en tributos aduaneros correspondiente a los años 2014, 2015, 2016 y 2017.
El Artículo 3, se refiere a ampliar los efectos y vigencia de lo dispuesto en amnistías anteriores (desde 2016-2017) referente a la amnistía aprobada para el pago de las obligaciones en mora con el Seguros Social
El artículo 4 se concede el beneficio de amnistía en el sector de telecomunicaciones (Conatel) adeudadas al 31 de diciembre de 2017.
En su artículo 5 se refiere al beneficio de amnistía, en multas y otro tipo de sanciones, con el Instituto de la Propiedad (IP) y las municipalidades por el registro de propiedad vehicular al 31 de diciembre del 2017.
Se autorizó también la nacionalización y registro de los vehículos que ingresaron al país antes de la aprobación y vigencia del presente Decreto, previo al pago de 10.000 lempiras que incluyen la matrícula 2018 y tasa municipal.
Los clientes de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) podrán pagar las obligaciones por el servicio de energía, exentos de intereses, multas y otros cargos, pudiendo suscribir arreglos de pago, hasta por un período de tres años y la prima a exigir no podrá exceder del 20% del total adeudado.
“Contando como fecha de última facturación el 31 de julio del 2018 y cuyo consumo no exceda en promedio mensual de 750 Kwh”, previa instalación de un contador del tipo de pago anticipado.
El artículo 8 concede amnistía por “seis meses contados a partir de la publicación del presente Decreto”, a las empresas del sector exportador de productos no tradicionales por el pago de multas e intereses derivados de sanciones administrativas impuestas por la repatriación tardía de divisas proveniente de sus exportaciones hasta el 30 de mayo del presente año.
A los jubilados y pensiones de cualquier Instituto de Previsión del país, se les condonó el pago de capital, intereses, multas, recargos y de cualquier otra responsabilidad civil y administrativa derivada del ejercicio de un cargo o empleo en la administración pública mientras gozaba de su jubilación o pensión.
Los abonados del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) podrán pagar las obligaciones por el servicio de agua consumida, exentos de intereses, multas y otros cargos adeudados al 31 de diciembre de 2017.