En forma sorpresiva y sin causales probadas ni señaladas por el ente regulador (CNBS), el Poder Ejecutivo decretó la intervención del Instituto de Previsión Magisterial (Inprema), un ente que maneja un patrimonio y reservas de más de 22.500 millones de lempiras.
El Decreto Ejecutivo Número PCM 44-2021, firmado por el Presidente Juan Hernández y el Consejo de Ministros, no cuenta con la opinión de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) que se encarga de supervisar los entes de previsión y que hace unos años intervino al Inprema con “resultados positivos”.
Sin embargo, el Ejecutivo publicó el PCM en el Diario Oficial La Gaceta, el sábado anterior, declarando la creación de otra Comisión Interventora, suspendiendo a las actuales autoridades y procediendo a una revisión del personal para su posible separación del cargo.
El Artículo 1 señala que la intervención es “por razones de interés público por encontrarse operando con bajos niveles de eficiencia administrativa, debilidad gerencial, generando ingobernabilidad y ocasionado gradualmente un fuerte impacto en detrimento de las finanzas de la Institución y del Estado”.
Una Comisión Interventora, se encargará de la administración por un período de seis meses, plazo que “podrá ser ampliado por el Presidente de la República en Consejo de Ministros, hasta que se concluyan las gestiones para mejorar la situación del Instituto y se logre cumplir con los objetivos establecidos, según el informe de evaluación que al efecto haga la Comisión”.
La Comisión Interventora estará integrada por tres miembros, quienes serán nombrados y juramentados por el Presidente de la República.- Las decisiones de la Comisión Interventora se tomarán por mayoría simple de sus miembros y quien la presida representará a la Comisión en los actos, contratos (…) y en la ejecución de las decisiones adoptadas en el seno de la misma, dice el segundo artículo.
Suspensión, contratos públicos y despidos
De forma inmediata quedan suspendidos de sus funciones los siguientes cargos: “la Asamblea de Participantes y Aportantes, el Directorio de Especialistas, la Dirección de Auditoría Interna, la Gerencia Administrativa y Financiera, que incluye la Gerencia de Recursos Humanos y la Dirección legal, ostentando adicionalmente, la Comisión Interventora, la potestad de suspender o remover, en su caso, al resto de personal que considere necesario“.
“La Comisión Interventora evaluará la idoneidad del personal para proceder con la renovación o cancelación de la relación contractual, con la responsabilidad de pagar los derechos laborales que conforme a la legislación nacional corresponda. En el caso de las personas que sean canceladas por la supuesta comisión de un ilícito, se debe remitir sus expedientes al Tribunal Superior de Cuentas y al Ministerio Público”, agrega.
Entre los aspectos que deberá cumplir los interventores está la de “b) Presentar un plan de inversión que permita fortalecer la gestión de calidad en las principales áreas de la Institución: sistematización, logística, infraestructura mercadeo e imagen, con el objetivo de mejorar la calidad de los servicios”.
Además de revisar la Ley del INPREMA, así como sus Reglamentos y reformas; respetar en todos los procesos de adquisición: bienes, servicios y contratación de obras pública, los principios de eficiencia, buena fe, igualdad y libre competencia; así como la publicidad de los procesos.
La Comisión Interventora solicitará al TSC, una auditoría financiera y de cumplimiento legal del Instituto.
Llama la atención que corresponde a la CNBS solicitar las auditorías financieras de los entes financieros del país y en el caso del INPREMA, la propia Comisión emitió informes de la intervención realizada recientemente que no concluyen ninguna nueva intervención.